El Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó de manera provisional a la Presidencia, al Ministerio de Defensa y a las Fuerzas Militares abstenerse de realizar operaciones aéreas ofensivas contra objetivos de grupos armados cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por estas estructuras.
La decisión fue adoptada mientras se estudia de fondo una acción de tutela presentada en defensa de los menores que podrían encontrarse en zonas donde se desarrollen operaciones militares.
La orden establece que, antes de realizar este tipo de ataques, las autoridades deberán adoptar y verificar las medidas de precaución y protección necesarias y determinar si existe una alternativa operacional menos lesiva para alcanzar el objetivo militar.
La medida se conoce en medio de la polémica generada por recientes operaciones militares en las que murieron menores de edad que, según las autoridades, habían sido reclutados por grupos armados.
El fallo es provisional y permanecerá vigente mientras la justicia toma una decisión definitiva sobre la tutela.




